Sabías que el Instituto Nacional de Migración es la autoridad encargada de la expedición de una “Constancia de Empleador” que es la que le permite a personas físicas y morales realizar trámites para emitir ofertas de empleo a una persona extranjera.

A continuación, enlistamos los requisitos que se deben de presentar:

  • Personas morales: a) Acta constitutiva o el instrumento público en el que se acredite la legal existencia de la persona moral, así como sus modificaciones. b) Instrumento público en el que conste el tipo de poder o mandato y las facultades conferidas a los representantes legales o a los apoderados si el acta constitutiva no los contiene. c) Identificación oficial vigente del representante o apoderado legal. d) Comprobante de domicilio de la persona moral, cuya fecha de expedición no exceda de treinta días. e) Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y constancia emitida por autoridad competente, sobre la presentación de la última declaración de impuestos, y f) Lista de empleados y su nacionalidad.
  • Personas físicas: a) Identificación oficial vigente b) Comprobante de domicilio cuya fecha de expedición no exceda de treinta días, y c) Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y constancia emitida por autoridad competente, sobre la presentación de la última declaración de impuestos.

Dicha constancia de empleador deberá de ser renovada anualmente y el Instituto Nacional de Migración deberá de ser notificado de cualquier cambio en su empresa y del ingreso de extranjeros a su fuente de trabajo.

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