La Ley Federal del Trabajo establece un apartado específico, relativo a las trabajadoras en estado de gestación y sus derechos, por lo que tu empresa debe de tener las siguientes consideraciones:

  • Cuando la trabajadora se encuentre en estado de gestación o lactancia, no podrá desempeñar labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial, en establecimientos comerciales después de la 10:00 p.m.
  • Cuando la trabajadora se encuentre en estado de gestación o lactancia, no podrá laborar horas extras.
  • En caso de contingencia sanitaria las mujeres en estado de gestación o lactancia no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos.
  • Cuando la trabajadora se encuentre en estado de gestación disfrutará de un periodo de seis semanas anteriores al parto y seis semanas posteriores al parto.
  • En caso de que exista una prórroga, la cual no puede ser mayor a 60 días, se le pagará el 50% de su salario
  • Cuando las trabajadoras se encuentren en el periodo de lactancia, deberá de permitirle dos descansos de media hora por lo menos para alimentar a su hijo, o que se le reduzca la jornada laboral hasta por 6 meses.

Con la información que antecede, podrás dar un mejor tratamiento de las obligaciones que tu empresa tiene y de los derechos de las trabajadoras en estado de gestación.