“…Con fecha 18 dieciocho de mayo de la presente anualidad, estudiantes de la Escuela Normal Rural de Mactumactzá y autoridades de Chiapas se enfrentaron al menos en 2 ocasiones.

De acuerdo con las autoridades, 95 estudiantes fueron detenidos, mientras que los normalistas aseguran que 250 de sus compañeros están desaparecidos…”

El amparo contra la desaparición forzada es el instrumento por medio del cual se garantizan, los derechos humanos de las personas que fueron detenidas por autoridades, sin razón aparente, y de las cuales se desconoce su paradero. Dicho medio de defensa se encuentra regulado en el artículo 15 de la Ley de Amparo.

Estos amparos, se promueven ante los Jueces de Distrito y en los lugares en los que no resida uno, se podrá presentar ante los Jueces de Primera Instancia. La autoridad deberá ordenar la suspensión de plano, en el término de 24 horas, y en su caso, remitirlo al tribunal competente.

Este amparo se promueve con requisitos mínimos, cualquier persona puede interponerlo en representación del agraviado -incluso un menor de edad-, y su objeto es localizar y poner en libertad a las personas que fueron detenidas sin soporte legal suficiente.

Entre los efectos que se pueden otorgar en el amparo contra la desaparición forzada, se encuentran:

  • Localización de la probable víctima.
  • Si procede, poner en inmediata libertad al agraviado.
  • Dar vista al Ministerio Público, por la posible comisión de un delito.
  • Otorgamiento de atención psicológica y/o médica.

Por lo anterior, se puede catalogar al amparo contra la desaparición forzada, como el instrumento jurídico que garantiza la seguridad de los gobernados, en contra de los actos de autoridad.